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El seguro de Protección escolar es una herramienta que todo estudiante de la UNITEC puede adquirir y que lo ampara en caso de accidentes, desempleo o fallecimiento. Conoce en qué tienes cobertura, cómo hacerla válida y en caso de anular este seguro, cómo puedes realizar el proceso de cancelación.

| Tu bienestar es primero

Conoce más de los beneficios que adquieres al contar con tu seguro de Protección Escolar, el cual se vuelve una herramienta útil al garantizar tu bienestar en caso de accidente en alguno de los campus y en casos de desempleo o fallecimiento de tu soporte económico, de manera que tu única preocupación sea continuar con tus estudios.

Conoce los beneficios

El seguro de Protección Escolar es un beneficio que adquieres como estudiante de la UNITEC y te podrá ayudar en casos de riesgo, de manera que tengas el apoyo que necesitas para salir adelante de una situación adversa y no dejes tus estudios de lado.
  • COBERTURA
  • CUÁNDO APLICA
¿Qué me cubre mi seguro?

| ¿Qué me cubre mi seguro?

  • Accidente del alumno en instalaciones de la Universidad.
  • Accidente del alumno en el traslado de su casa u oficina a la universidad y viceversa.
  • Fallecimiento del alumno como consecuencia de un accidente escolar.
  • Pérdida del empleo del soporte económico por despido injustificado, en caso de economía formal.
  • Incapacidad para trabajar del soporte económico por un accidente o enfermedad, en el caso de personas de la economía informal.
  • Fallecimiento del soporte económico del alumno.
  • Invalidez permanente total o parcial del soporte económico.
Accidentes escolares

| Accidentes escolares

  • El seguro de Protección Escolar protege al alumno de accidentes en instalaciones de la universidad, o en el traslado de su casa u oficina al campus y viceversa, así como el fallecimiento del alumno como consecuencia de un accidente escolar.
Desempleo involuntario

| Desempleo involuntario

  • En caso de empleo formal, si el asegurado queda desempleado de manera involuntaria durante la vigencia de la póliza, entonces la aseguradora cubrirá el pago de las colegiaturas por el periodo y la suma asegurada contratada 4, o 6 meses, mientras el asegurado se encuentre desempleado.
Invalidez total temporal

| Invalidez total temporal

  • En caso de autoempleados, trabajadores Independientes o empleados informales: Si el asegurado queda súbitamente sin poder trabajar y sin percibir dinero alguno por su trabajo a consecuencia de una Invalidez Total Temporal por Accidente/Enfermedad, entonces la aseguradora cubrirá el pago de las colegiaturas por el periodo y la suma asegurada contratada 4 o 6 meses, mientras el asegurado se encuentre incapacitado.